La movilidad en las ciudades españolas cambió radicalmente en los últimos tiempos, primero con la llegada de los carsharing como ZITY, Emov, Car2Go o WiBLE, después con el motosharing y al final fue el momento de los controvertidos patinetes eléctricos. Una revolución sostenible que se ha producido en un tiempo reducido, y que ha obligado a los municipios a tomar medidas de manera urgente para eludir el caos circulatorio en ciudades como La capital de españa o Barcelona.
Recientemente ahora les tenemos todo clase de datos la novedosa normativa para circular en patinete eléctrico por La capital de españa, y en este momento vamos a abordar las medidas que tomaron en la Localidad Condal. Hay que decir, que el Municipio de Barcelona fue mucho más previsible que el de la ciudad más importante, y ahora en el mes de julio del 2017 lanzó una ordenanza vanguardista para regular los automóviles de movilidad personal (VMP), así como patinetes eléctricos y segways.
Mientras que la Dirección General de Tráfico (DGT) prosigue haciendo un trabajo en una normativa mucho más completa y concreta, el Municipio de Barcelona ha elaborado una secuencia de medidas que se fundamentan por su parte en exactamente la misma clasificación efectuada antes por la DGT y que podemos consultar en la tabla de sobra arriba. Partiendo de esta, vamos a desglosar en distintas apartados todas y cada una de las reglas de circulación que regulan por dónde circular, dónde estacionar, sanciones, empleo de casco y seguro.
¿Por dónde circular en patinete y a qué agilidad?
Primeramente, los patinetes del tipo A que no pesen mucho más de 25 kilogramos tienen la posibilidad de circular a velocidades de hasta 20 km por hora. Los del tipo B, de mayor tamaño y peso -hasta 1,9 metros y 50 kilogramos- tienen la posibilidad de lograr una agilidad de hasta 30 km por hora. No obstante, debemos comprender distinguir los diversos tipos de vías y calzadas para circular, en tanto que la agilidad puede cambiar.
Durante toda la Localidad Condal logramos hallar multitud de sendas habilitadas para automóviles de movilidad personal, tanto del tipo A como tipo B. En el mapa que tienes mucho más abajo puedes verlas todas y cada una.
La normativa para los automóviles del tipo A establece que van a poder circular por carril bicicleta segregado y no segregado, por las calles de interfaz única y por los parques públicos. Además de esto, los que pertenezcan a esta categoría pero logren circular a mucho más de 20 km por hora van a poder moverse por calzadas de calles 30 (vías con un único carril de circulación por sentido).
La prioridad siempre y en todo momento va a ser para los viandantes, con lo que toda vez que un patinete eléctrico se acerque a un paso de cebra se va a ver obligado a achicar la agilidad y extremar la precaución.
En la situacion de los de tipo B, tienen la posibilidad de circular por los mismos trayectos que los de tipo A y asimismo por calzadas de calles 30. Si nos encontramos circulando por una región peatonal no vamos a poder sobrepasar los 10 o 20 km por hora, según indique la señalización. Además, mientras que permanezca un carril segregado de la calzada, muchos los del tipo A como los del tipo B van a deber circular por él y jamás sin exceder los 30 km por hora.
Estacionamiento del patinete
De la misma sucede en La capital española, no debemos dejar tirado nuestro patinete eléctrico en cualquier sitio. Los automóviles del tipo A y B no van a poder ser atados en árboles, semáforos, bancos y otros elementos de moblaje urbano, pero tampoco en zonas de carga y descarga. Asimismo queda contraindicado el estacionamiento en sitios reservados a otros individuos o servicios y en las aceras, mientras que se no permita el paso de los viandantes.
El nuevo artículo de esta ordenanza prohibe tajantemente aparcar los VMP de tipo A y B en árboles, semáforos, bancos y otros elementos del moblaje urbano.
Como resultado, los VMP solo van a poder estacionar en los espacios habilitados para esto y en aceras donde permanezca espacio bastante para no incordiar al resto de peatones. Además de esto, asimismo queda absolutamente contraindicado su estacionamiento en las salidas de urgencia, así sean de centros de salud u otros servicios de urgencia, tal como clínicas y ambulatorios. Para resumir, ten precaución donde aparcas, sino más bien vas a poder ser sancionado…
Sanciones por utilizar el patinete
Las multas asimismo llegan a los patinetes y otros automóviles de movilidad personal, de ahí que tienes que tener precaución puesto que una infracción te puede salir cara. Con los últimos cambios en la ‘Ordenanza de Circulación de Viandantes y Automóviles’ vas a poder ser sancionado con hasta 100 euros por una infracción suave, que ascenderá hasta los 200 euros en las de carácter grave y de hasta 500 euros en muy graves.
¿Necesito un seguro para circular con patinete?
Va a ser obligación contratar un seguro de compromiso civil en todos y cada uno de los automóviles que hagan un empleo de servicio público y compartido o una actividad comercial, turística o de ocio con ánimo de lucro. No obstante, para empleo personal no va a ser preciso, pero se aconsejará el seguro.
El casco en patinete, obligación
En los VMP de tipo A la utilización del caso va a ser obligación únicamente en el momento en que se intente un servicio de empleo público y compartido o una actividad comercial, turística o de ocio con ánimo de lucro. Para un empleo personal no va a ser obligación, pero sí sugerido. Por otra parte, los clientes de un vehículo del tipo B van a deber realizar un empleo obligación del casco siempre y en todo momento.
El casco va a ser solo aconsejable en los VMP del tipo A, si bien va a pasar a ser obligación en el momento en que se intente un servicio público y compartido, o una actividad comercial, turística o de ocio con ánimo de lucro
Pero no es suficiente con el casco, cada vehículo, va a deber llevar elementos reflectantes, luces y timbres de forma obligatoria, con la salvedad de los automóviles del tipo A, esto es, los patinetes pequeños y las ruedas eléctricas. Finalmente, debemos tener en consideración, que la edad tolerada para conducir un VMP es de un mínimo de 16 años en todos y cada uno de los casos.
¡Vamos, Barcelona! ¡Es hora de abrazar la revolución de los patinetes eléctricos! 💪🛴 ¿Quién necesita normativas y sanciones aburridas cuando podemos disfrutar de la libertad sobre ruedas? ¡A rodar se ha dicho! 🚀 #PatinetePower
Oye, entiendo que te guste la idea de los patinetes eléctricos, pero no podemos ignorar las normativas y la seguridad. Todos queremos disfrutar de la libertad sobre ruedas, pero también debemos ser responsables. ¡Cuidemos de nuestro entorno y de nosotros mismos! 🚦🛴 #ResponsabilidadVial
¡Me parece absurdo que necesitemos un seguro para circular en patinete! ¡Es solo un juguete!
¡Me parece increíble que necesitemos un seguro para circular en patinete eléctrico! ¡Absurdo total!
¡Vamos, Barcelona! ¡Es hora de abrazar la revolución del patinete eléctrico! 🛴💨 Pero, ¿sanciones por su uso? ¿En serio? #LibertadDeRodar
¡Me parece un rollo tener que seguir tantas normas para usar los patinetes eléctricos en Barcelona! ¿No deberíamos tener más libertad?
Entiendo que las normas puedan resultar molestas, pero debemos recordar que la seguridad de todos es importante. Si queremos disfrutar de los patinetes eléctricos en Barcelona, es necesario cumplir con ciertas reglas. La libertad no significa actuar sin responsabilidad.
¿Por qué no hay normas claras para los patinetes eléctricos en Barcelona? ¡Es un caos!